Aprueban descuentos en pagos rezagados en agua y predial en Atizapán de Zaragoza

Multas y recargos al 50% al pagar impuesto predial en Atizapán

Atizapán Portada

Condonación de hasta el 50 por ciento de multas y hasta el 50 por ciento de subsidio en recargos, para los ejercicios fiscales 2021 y anteriores en el pago de impuesto predial ofrece el Gobierno de Atizapán de Zaragoza a los propietarios de inmuebles que se presenten de manera espontánea a regularizar sus adeudos.

En sesión de Cabildo también autorizaron descuento de 50 por ciento en multas en favor de propietarios inmuebles sujetos al pago de impuesto predial que se encuentran notificados o requeridos por la autoridad fiscal a partir del 1 de junio al 31 de diciembre del 2022. Para el caso de propietarios o poseedores que cuenten con un crédito hipotecario, deberán acreditar la titularidad de dicho crédito para obtener el beneficio antes mencionado.

Lectura de los estímulos fiscales en pago atrasado de predial, agua y derechos en mercados públicos
Lectura de los estímulos fiscales en pago atrasado de predial, agua y derechos en mercados públicos

Además otorgaron condonación de hasta 30 por ciento en multas y hasta el 30 por ciento de subsidio en recargos para los ejercicios fiscales 2021 y anteriores a propietarios o poseedores de inmuebles sujetos al pago de derechos de agua potable y que se presenten de manera espontánea a regularizar sus adeudos.

Así como el 50 por ciento en multas a los contribuyentes que se encuentren notificados o requeridos por la autoridad fiscal a partir del 1 de junio al 31 de diciembre del 2022; para el caso de propietarios o poseedores que cuenten con un crédito hipotecario deberán acreditar la titularidad de dicho crédito para obtener el beneficio antes mencionado.

Aprobaron además estímulos fiscales a los locatarios de mercados públicos municipales y que se condone el pago de derechos correspondientes por el uso de áreas públicas para el ejercicio de actividades comerciales o de servicios consistentes en la condonación del pago de derechos de ejercicios fiscales 2020 y anteriores.

Y la bonificación del 100 por ciento de los accesorios generados por la falta de pago de los ejercicios fiscales 2020 y anteriores de derechos correspondientes al uso de vías, plazas, mercados públicos o áreas de uso común para realizar actividades comerciales o de servicios.

Para los ejercicios fiscales 2021 y 2022 el monto a pagar se calculará tal como lo establece el artículo 154 del Código Financiero del Estado de México y Municipios, considerando únicamente para estos ejercicios el pago de derechos así como la bonificación del 100 por ciento de accesorios.