Votan en favor del nombramiento de Atizapán de Zaragoza

Nombran juez Calificador y oficial Mediadora en Atizapán de Zaragoza

Atizapán Portada

Fueron nombrados Jorge Vargas Moctezuma, como nuevo Oficial Calificador adscrito al segundo turno, y María Guadalupe Ortega Vega como Oficial Mediadora Conciliadora en Sesión Ordinaria de Cabildo de Atizapán de Zaragoza.

Los nuevos funcionarios se comprometieron a despeñar sus labores con estricto apego a la ley señalaron ante Síndicos, Regidores y el Presidente Municipal, Pedro Rodríguez Villegas quien les tomó la protesta de ley.

Nuevo juez calificado de Atizapán de Zaragoza
Nuevo juez calificado de Atizapán de Zaragoza, Jorge Vargas Moctezuma

Jorge Vargas Moctezuma es Licenciado en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNA), cuenta con un diplomado en Contribuciones Fiscales y se ha desempeñado como abogado litigante.

María Guadalupe Ortega Vega también se tituló como Licenciada por la UNAM, y se ha desempeñado como Oficial Calificador en el primer turno del 2009 al 2019, y fue Décimo Tercera Regidora en el trienio 2006-2009 en Atizapán de Zaragoza, entre otros cargos.

El Cabildo en pleno también aprobó la convocatoria del Programa Adopta un Espacio Verde, el cual tiene por objeto realizar intervenciones urbanísticas en camellones, parques, jardines y espacios verdes del Municipio, en conjunto con la iniciativa privada.

Con ello, se rehabilitarán y se dará mantenimiento a las áreas verdes para brindar una mejor calidad de vida a las y los atizapenses, además de mejorar el entorno de diversos espacios.

En la misma Sesión se revocó el acuerdo que se tomó en la Quinta Sesión Ordinaria de Cabildo, de fecha 17 de febrero del año 2022, mediante el cual se autorizaba contratar un crédito bancario simple a largo plazo por hasta 200 millones de pesos.

Por otra parte, el Cabildo autorizó contratar créditos revolventes (corto plazo o préstamo quirografario), en cuenta corriente para cada ejercicio fiscal, de la actual Administración 2022-2024, a fin de cubrir necesidades temporales de liquidez por hasta 80 millones de pesos, cuyo vencimiento considere un plazo menor o igual a un año.

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