El Congreso del Estado de México aprobó, por mayoría, la despenalización del aborto hasta las 12 semanas de gestación, mediante una reforma al Código Penal estatal a propuesta de la Comisión que se dice llamar Igualdad de Género de la LXII Legislatura mexiquense, presidida por la diputada del partido MORENA, Zaira Cedillo Silva, apoyada por PRD, MC, PVEM, PT y con el voto en contra de la bancada del PAN, el Estado de México.
El Código Penal mexiquense es uno de los 18 en el país que no penaliza a quienes abortan, mientras que Chiapas suprimió la frase en su Constitución el “derecho a la vida desde la concepción”, pero no han reformado el Código que despenalizaría a quien ocasione abortos.
De acuerdo con el proyecto, cuyo trámite a dictamen fue dispensado, o sea fue fast track, la interrupción del embarazo voluntario (después del plazo de tres meses) será un delito, cuya pena irá de seis meses a un año de prisión. En caso de practicarse sin el consentimiento de la persona gestante, indistintamente de la etapa del embarazo, serán de cinco a 10 años de cárcel y de 50 a 400 días multa, pero si en su comisión se emplea violencia física, psicológica, obstétrica o negligencia en los cuidados ginecobstétricos, la pena prevista aumentará en una mitad.
En cuanto al personal médico, de enfermería o partería, que realice el procedimiento después de las 12 semanas de gestación, además de las sanciones antes mencionadas, será suspendido de tres a seis años en el ejercicio de su profesión y podrían ser hasta 20 años en caso de reincidencia.
Aún después de este plazo, el aborto no será considerado un delito cuando sea resultado de una acción culposa, es decir sin la intención de cometerlo; por un embarazo derivado de una violación; implantación no consentida de óvulo fecundado o inseminado artificialmente, independientemente de si exista o no denuncia, y en caso de que la mujer o persona gestante corra peligro de muerte o su salud (física o mental) se vea severamente afectada a juicio médico.
En este supuesto también están excepciones como alteraciones genéticas o congénitas del producto que deriven en trastornos físicos o mentales graves; si se demuestra que la persona embarazada haya sido ocultada, obstaculizada, amenazada o privada de su libertad para evitar realizar la interrupción dentro del plazo de las doce semanas y cuando exista un trastorno ginecológico que haya impedido tener conocimiento del embarazo.
El personal médico y de salud deberá proporcionar a la mujer información objetiva, veraz, suficiente y oportuna sobre los procedimientos, riesgos, consecuencias y efectos, así como de los apoyos y alternativas existentes.
Además del Estado de México, en la Ciudad de México (primera entidad en aprobar su despenalización en 2007), Oaxaca, Hidalgo, Veracruz, Coahuila, Baja California, Colima, Guerrero, Baja California Sur, Quintana Roo, Aguascalientes, San Luis Potosí, Michoacán, Puebla, Jalisco y Zacatecas despenalizaron el aborto hasta las 12 semanas, mientras que en Sinaloa el margen se extiende hasta las 13 semanas.
La iniciativa fue firmada por las legisladoras Zaira Cedillo (MORENA), Paola Jiménez Hernández (independiente), Gloria Vanessa Linares Zetina (PVEM), Itzel Daniela
Ballesteros Lule (MORENA), Graciela Argueta Bello (MORENA), Brenda Colette Miranda Vargas (MORENA), Angélica Pérez Cerón (MORENA), María José Pérez Domínguez
(MORENA), Ana Yurixi Leyva Piñón (PT), Ruth Salinas Reyes (MC) y Araceli Casasola Salazar (PRD), así como por Luisa Esmeralda Navarro Hernández (MORENA).