Contingencias deben ser declaradas conforme a Normas de salud ambiental

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En Greenpeace celebró que  el Poder Judicial haya concedido la suspensión definitiva al amparo 937/2019, en el que se pide que el Programa de Contingencias Atmosféricas Ambientales (PCAA) se active cuando los límites de contaminación de las normas oficiales mexicanas se rebasen, porque así se garantiza un mejor cuidado a la salud de la población.

Sin embargo, el fallo permite que las autoridades puedan justificar la no aplicación de medidas preventivas si existen afectaciones a “la economía del sector industrial, manufacturero y comercial, de servicios, tanto públicos como privados, de transporte, de educación en todos sus niveles y en general de la población”.

En ese sentido, Greenpeace señaló que ante la emergencia de la calidad del aire que se vive en la Zona Metropolitana del Valle de México, sería una irresponsabilidad de las autoridades priorizar la economía antes que la salud de la gente. Cabe recordar que en México, 17 mil personas mueren al año a causa de padecimientos relacionados con la contaminación del aire, mientras que en términos económicos, este problema representa el 3.2% del PIB anual.  Confiamos en que las autoridades aplicarán estas medidas en favor de la salud de la población y no tratarán de evadirlas argumentando afectaciones a la economía, como lo permite el fallo.

En un comunicado Greenpeace señalan que  hacen un llamado para que los estados de Puebla, Querétaro, Hidalgo, Morelos y Tlaxcala, que también integran la Megalópolis, asuman su deber para resolver el problema de la calidad del aire. Tal como Greenpeace solicitó desde un principio, los gobiernos de la Ciudad de México y el Estado de México, están obligados a mejorar la protección a la salud de los ciudadanos, a través de la mejora a la calidad del aire.

Greenpeace reitera su beneplácito por esta resolución, que favorece la aplicación de normas que protegen mejor la salud de la población y seguirá trabajando para garantizar que los gobiernos de todos los niveles, atiendan su responsabilidad de mejorar la calidad del aire que todos respiramos.

En este sentido, el amparo 937/2019, hoy confirmado por el Poder Judicial, busca que el Programa de Contingencias Atmosféricas Ambientales, establezca que éstas se decreten a partir de los 100 puntos de Ozono, Monóxido de Carbono y partículas suspendidas PM2.5, en lugar de a los 150 puntos, como acordó recientemente la Comisión Ambiental de la Megalópolis.

La resolución emitida esta mañana por el Juez, confirma la urgente necesidad de modificar los parámetros del Índice de Calidad del Aire y entrada en vigor de la NOM 172 de SEMARNAT, para mejorar la protección a la salud de los habitantes de la Zona Metropolitana del Valle de México.

Greenpeace y otras organizaciones han presentado propuestas dirigidas a mitigar la contaminación del aire, los Gases de Efecto Invernadero y mejorar la movilidad que deben ser retomadas

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