La alcaldesa Romina Contreras fija el Bando Municipal en el palacio de Huixquilucan

Infracciona Bando a quienes desperdicien agua en Huixquilucan

Huixquilucan Portada

El Bando de Huixquilucan, en su Artículo 192, fracción XI, indica que son infracciones desperdiciar el agua o no cumplir con los requisitos, normas y condiciones del uso eficiente que establece la ley, dio  a conocer la alcaldesa Romina Contreras Carrasco con el fin de enfrentar la crisis histórica que atraviesa el Valle de México por la falta del vital líquido y hacer conciencia a los huixquiluquenses sobre la importancia de su cuidado, así como del medio ambiente,

En las modificaciones, adiciones y reformas del Bando Municipal 2024, antepone el cuidado del agua, el medio ambiente y la protección animal, con el objetivo de fomentar el bien común, la equidad, el bienestar y la sana convivencia entre los habitantes del municipio.

En sesión de Cabildo, el cuerpo edilicio aprobó por unanimidad la actualización del Bando Municipal, que entra en vigor este 5 de febrero. La presidenta municipal, Romina Contreras Carrasco, explicó que el objetivo de las modificaciones y actualizaciones es que cuidemos nuestro entorno, que exista sana convivencia y prevalezca la paz en el municipio, dando atención a las necesidades de la población. «Agradezco a quienes colaboraron con sus propuestas para que Huixquilucan siga avanzando con mejores condiciones para todos”, comentó Romina Contreras.

La presidenta municipal y ediles colocaron el Bando Municipal 2024 en las instalaciones del Palacio Municipal y, posteriormente, en los centros administrativos de Pirules, Plaza Andador (Fresko) y Ex Cinemas, así como en el mercado municipal 25 de agosto, en la Cabecera Municipal.

Entre las nuevas adiciones al Bando Municipal 2024, destacan el Artículo 145, el cual señala que el Centro de Atención y Protección Animal “Huixquican”, se encarga de garantizar la protección, el cuidado y el refugio de los animales domésticos, cuando así se requiera, y está facultado para salvaguardarlos cuando estén en la vía pública y no cuenten con el cuidado de alguna persona; además de brindarles protección, haciendo de conocimiento al Juez Cívico de sus agresores, si es el caso.

También advierte sobre sanciones a quienes sorprendan arrojando basura, residuos sólidos, desperdicios industriales, solventes, gasolina, petróleo, o sus derivados, y sustancias tóxicas o explosivas a las alcantarillas, cajas de válvulas y en general a las instalaciones de agua potable y drenajes; lo que se sancionará con una multa de 20 a 40 veces la Unidad de Medida (UMA) y/o arresto de 12 a 18 horas, que podrá ser conmutable por seis a 12 horas de trabajo en favor de la comunidad.

La fracción III establece que arrojar o abandonar en la vía pública objetos, muebles, materiales de construcción, animales muertos, desperdicios y basura; así como, quemar residuos sólidos o líquidos, incluyendo basura doméstica, hojarasca, hierba seca, esquilmos agrícolas, llantas, plásticos, lubricantes, solventes y otras, se sancionará con una multa de cinco a 20 veces la Unidad de Medida (UMA) y/o arresto de seis a 12 horas, que podrán ser conmutable por tres a seis horas de trabajo en favor de la comunidad.

Tagged