Acciones para la protección animal, sanciones para quien lleve a cabo su maltrato, y seguir fortaleciendo el cuidado de estos seres vivos, contiene el Bando promulgado por el Ayuntamiento de Huixquilucan que también destaca la convivencia armónica, un clima de tranquilidad y el bien común entre los habitantes de esta demarcación.
En sesión de Cabildo los integrantes del Cuerpo Edilicio aprobaron, por unanimidad de votos, la actualización de la reglamentación del Bando Municipal, que entra en vigor este 5 de febrero, y enseguida la presidenta municipal, Romina Contreras Carrasco y demás ediles colocaron el Bando Municipal 2025 en el Palacio Municipal y, posteriormente, los instalaron en los centros administrativos de Pirules, Plaza Andador (Fresko) y Ex Cinemas, así como en el mercado municipal «25 de agosto», en la Cabecera Municipal.
Entre las modificaciones al Bando Municipal 2025 de Huixquilucan, destaca el Artículo 132, donde se agregó la fracción XVII, que señala que queda prohibido a los vecinos, habitantes y transeúntes “maltratar, golpear o someter cualquier práctica que les ocasione sufrimiento a los animales”.
El Artículo 189 señala las infracciones al Bienestar Colectivo, en su fracción XXVIII indica: “Toda persona que realice de manera intencional o imprudencial, cualquier acto u omisión que ocasione dolor, sufrimiento, privación del aire, luz, alimento, agua, espacio, abrigo, morada o cualquier otra conducta que comprometa la salud y vida del animal, estará infringiendo el presente Bando Municipal y, para tal caso, se dará vista a las autoridades correspondientes para su seguimiento”.
Dicha infracción se sancionará con una multa de 60 a 100 veces la Unidad de Medida (UMA) y/o arresto de veinticuatro a treinta y seis horas, tal como lo establece el Artículo 187 de dicho Bando.
Además, para conservar y proteger las áreas verdes del municipio, sobre todo, durante la temporada de estiaje, se agregó el Artículo 145, el cual establece que la Brigada Forestal de Huixquilucan, que forma parte de la Dirección General de Desarrollo Agropecuario y Forestal, “será la encargada de promover la reforestación, forestación, restauración de suelos y conservación de los bienes y servicios forestales dentro del territorio municipal, así como participar y coadyuvar en las acciones de prevención y combate de incendios forestales”.
Como parte de las modificaciones, se adicionaron al Artículo 156 los conceptos de inservibles, destruidos e inutilizados para el retiro de vehículos abandonados en la infraestructura vial, los cuales serán retirados por parte de elementos de la Dirección General de Seguridad Pública y Vialidad.
Entre las adiciones a este reglamento, se encuentran la modificación de las Comisiones Edilicias, así como el uso del lenguaje inclusivo en la redacción de este documento.